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Soberanía

Submedida · Vivienda

IVA de la obra al 4 %

−11.662 €
por vivienda

Equiparación del tipo de IVA de la ejecución de obra en autopromoción de vivienda habitual al 4 % que ya se aplica a la VPO, con límites objetivos de política social.

Ámbito de gestión
Estado

Qué se cambia

El art. 91 de la Ley del IVA aplica hoy un 10 % a la ejecución de obra sobre el presupuesto de ejecución por contrata (PEM + gastos generales + beneficio industrial). Sobre el caso tipo —unifamiliar de 100 m²— son 17.850 €.

La reforma lleva ese tipo al 4 %, el mismo que ya soporta la vivienda de protección oficial, cuando concurren tres condiciones objetivas: vivienda habitual, promotor persona física o comunidad de autopromotores, y superficie dentro del límite de política social. Resultado: 6.188 €.

Por qué es la palanca más grande

El Estado percibe el 58 % de todo el peaje fiscal de la autopromoción por esta sola figura. Es, además, la única de la lista que no está cedida: no requiere negociar con comunidades ni compensar a municipios.

Lo que no cambia

El IVA de honorarios técnicos y visado sigue en el 21 %: son servicios profesionales, no ejecución de obra, y su tipo no es reducible. Baja de 3.465 € a 1.533 € solo porque baja la base.