Submedida · Vivienda
IVA de la obra al 4 %
Equiparación del tipo de IVA de la ejecución de obra en autopromoción de vivienda habitual al 4 % que ya se aplica a la VPO, con límites objetivos de política social.
- Ámbito de gestión
- Estado
Qué se cambia
El art. 91 de la Ley del IVA Ley del IVA aplica hoy un 10 % a la ejecución de obra sobre el presupuesto de ejecución por contrata (PEM + gastos generales + beneficio industrial). Sobre el caso tipo —unifamiliar de 100 m²— son 17.850 €.
La reforma lleva ese tipo al 4 %, el mismo que ya soporta la vivienda de protección oficial, cuando concurren tres condiciones objetivas: vivienda habitual, promotor persona física o comunidad de autopromotores, y superficie dentro del límite de política social. Resultado: 6.188 €.
Por qué es la palanca más grande
El Estado percibe el 58 % de todo el peaje fiscal de la autopromoción por esta sola figura. Es, además, la única de la lista que no está cedida: no requiere negociar con comunidades ni compensar a municipios.
Lo que no cambia
El IVA de honorarios técnicos y visado sigue en el 21 %: son servicios profesionales, no ejecución de obra, y su tipo no es reducible. Baja de 3.465 € a 1.533 € solo porque baja la base.